Calculadora de intereses de mora DIAN 2026

Liquide los intereses moratorios de una obligación tributaria administrada por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. El cálculo aplica el artículo 635 del Estatuto Tributario: tasa de usura vigente certificada por la Superintendencia Financiera para crédito de consumo y ordinario, menos dos puntos porcentuales, liquidada de forma diaria y simple sobre los días calendario de mora.

Qué tasa se aplica a las obligaciones tributarias en mora

La tasa de mora sobre impuestos, retenciones y sanciones es la tasa de usura vigente certificada cada mes por la Superintendencia Financiera para las modalidades de crédito de consumo y ordinario, menos dos puntos porcentuales. Se aplica la tasa vigente al momento del pago sobre todo el periodo de mora, no una tasa distinta por cada mes: así lo estableció la Ley 1819 de 2016 y lo confirmó la DIAN en el Oficio 001403 de 2019. La calculadora usa la certificación del mes en que usted pague y muestra cuál es.

La fórmula del artículo 635 del Estatuto Tributario

Intereses igual a capital insoluto multiplicado por la tasa diaria y por los días de mora, donde la tasa diaria resulta de dividir la tasa de mora efectiva anual entre los días del año. El interés es simple: no se capitaliza sobre intereses ya causados.

Qué hacer cuando la deuda tributaria ya no se puede pagar

Cuando los intereses moratorios crecen más rápido que la caja de la empresa, el problema deja de ser tributario y pasa a ser de viabilidad. La Ley 1116 de 2006 permite suspender los cobros individuales, incluidos los de la DIAN, y reordenar todas las obligaciones en un acuerdo de reorganización.

Si la deuda ya derivó en medidas de cobro, la guía sobre el embargo de cuentas bancarias por la DIAN explica cómo levantarlo. Y si el problema es de viabilidad y no solo de caja, el punto de partida es la Ley 1116 de 2006 y su guía de reorganización empresarial.

Esta guia forma parte de Herramientas.