Checklist Ley 1116: los 7 documentos del Artículo 13

Checklist de los siete documentos exigidos para radicar ante la Superintendencia de Sociedades
Checklist de los siete documentos exigidos para radicar ante la Superintendencia de Sociedades

El artículo 13 de la Ley 1116 de 2006 exige aportar siete documentos con la solicitud de reorganización.

Por regla general, desde la fecha de inicio del proceso no puede admitirse ni continuarse demanda de ejecución o cualquier otro proceso de cobro contra el deudor (artículo 20 de la Ley 1116); los que estaban en curso se remiten al juez del concurso para incorporarse al trámite.

La ejecución de garantías reales tiene reglas propias en el artículo 50 de la Ley 1676 de 2013: pueden continuar o iniciarse, por decisión del acreedor garantizado, los procesos de ejecución sobre bienes no necesarios para la actividad económica del deudor; además, el juez del concurso puede autorizar, a solicitud del acreedor garantizado, la ejecución sobre cualquiera de los bienes del deudor si estima que no son necesarios, y la ejecución también procede cuando estima que los bienes corren riesgo de deterioro o pérdida. La Corte Constitucional declaró exequible ese inciso en el entendido de que la potestad del acreedor garantizado solo procede si los demás bienes del deudor alcanzan para asegurar las obligaciones alimentarias de los niños y las salariales y prestacionales, y eso lo verifica el juez del concurso (Sentencia C-145 de 2018).

Los embargos practicados en procesos ejecutivos o de cobro coactivo sobre bienes distintos de los sujetos a registro se levantan por ministerio de la ley con el auto de inicio (art. 12 de la Ley 2437 de 2024); las demás medidas cautelares quedan a disposición del juez del concurso, que decide si siguen vigentes o se levantan (art. 20 de la Ley 1116).

Para llegar hasta ahí hay que radicar la solicitud acompañada de los documentos del artículo 13.

Este checklist es el primer tramo, y está aquí para que lo recorra con calma hoy y no contrarreloj después. Consúltelo aunque todavía no haya decidido nada: leerlo no lo compromete a nada.

Si todavía no está en lo evidente, antes de reunir nada vale la pena leer cómo evitar un proceso de insolvencia. Puede que su empresa no necesite radicar.

Los siete documentos del artículo 13, uno por uno

  • Estados financieros históricos: Los cinco estados financieros básicos de los tres últimos ejercicios, con sus dictámenes si existen, suscritos por contador público o revisor fiscal, según el caso. Si ya los había enviado a la Superintendencia, ella los incorpora al proceso.
  • Estados financieros de corte: Los cinco estados financieros básicos con corte al último día calendario del mes inmediatamente anterior a la fecha de la solicitud, suscritos por contador público o revisor fiscal, según el caso, que reflejen la situación real de la empresa, incluidos todos los pasivos vigentes.
  • Estado de inventario de activos y pasivos: Inventario de activos y pasivos con corte a la misma fecha del anterior, debidamente certificado y suscrito por contador público o revisor fiscal, según el caso.
  • Memoria explicativa de las causas de la insolvencia: Documento que explica las causas que llevaron a la empresa a la situación de insolvencia. Corresponde al numeral 4 del artículo 13.
  • Flujo de caja proyectado: Flujo de caja para atender el pago de las obligaciones.
  • Plan de negocios de reorganización: Plan de negocios de reorganización que contemple no solo la reestructuración financiera, sino también organizacional, operativa o de competitividad, conducentes a solucionar las razones por las cuales se solicita el proceso, cuando sea del caso. Corresponde al numeral 6 del artículo 13.
  • Proyecto de calificación y graduación de acreencias y derechos de voto: Propuesta inicial que clasifica cada acreencia según la prelación legal del Código Civil y propone los derechos de voto que corresponden a cada acreedor.

Qué pasa si falta uno

Si falta información exigida, el juez del concurso le pide completarla dentro de los diez días siguientes; si el requerimiento no se responde a tiempo o la respuesta no trae lo pedido, rechaza la solicitud (artículo 14). Ya iniciado el proceso, los acreedores pueden objetar el proyecto de calificación y graduación que presente quien ejerce las funciones de promotor (artículo 29).

Los requisitos que no están en esa lista

Además de los siete anexos, el artículo 10 de la Ley 1116 exige acreditar con la solicitud el cumplimiento de tres requisitos: no haber vencido el plazo legal para enervar las causales de disolución sin haber adoptado las medidas para subsanarlas; llevar contabilidad regular de sus negocios; y, si la empresa tiene pasivos pensionales, tener aprobado el cálculo actuarial y estar al día en el pago de las mesadas pensionales, bonos y títulos pensionales exigibles.

Tener retenciones o aportes a seguridad social en mora no le impide pedir la reorganización. El artículo 32 de la Ley 1429 de 2010 dice que la existencia de pasivos por retenciones de carácter obligatorio a favor de autoridades fiscales, descuentos efectuados a trabajadores o aportes al sistema de seguridad social no impedirá al deudor acceder al proceso de reorganización. Con la solicitud hay que informar al juez de su existencia y presentar un plan para atenderlos, y deben quedar pagados a más tardar cuando se confirme el acuerdo: si no, el juez no puede confirmarlo.

Los artículos 10, 11 y 13 de la Ley 1116 no mencionan, entre los requisitos de la solicitud, un acta de la asamblea o junta de socios que autorice al representante legal a pedir el proceso.

Cómo se aplica esto a su empresa depende de su caso. Si quiere revisarlo, hablemos en la primera charla: la parte jurídica la lleva un abogado; esa parte no la hago yo.

Qué sigue después de reunirlos

Con la documentación completa se radica la solicitud, y a partir de ahí el proceso deja de ser un trámite y pasa a ser una negociación. Ese tramo no lo tiene que caminar solo.

Puede seguir por su cuenta con el paso a paso de la guía de Requisitos Ley 1116 y con las diferencias en Reorganización vs. liquidación. O puede traerme los documentos como los tenga, y le digo qué falta antes de radicar.

Reunir los siete documentos es la mitad del trabajo. La otra mitad es saber con qué historia se radican. Esa parte se conversa en una primera charla gratuita sobre la Ley 1116, sin compromiso.

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Esta guía forma parte de Ley 1116.