¿La Ley 1116 me afecta el historial crediticio? Lo que los bancos no le dicen

¿Si me acojo a la Ley 1116 quedo reportado en DataCrédito?

  • Radicar no crea la mora: si ya la había, el reporte puede existir desde antes (art. 12, Ley 1266).
  • La Ley 1116 no trae regla propia; el art. 13 de la Ley 1266 fija la permanencia del dato, y aplicarla a una deuda en acuerdo depende del caso.
  • Prohíbe terminar unilateralmente los contratos del deudor por el solo inicio del proceso (art. 21), y Supersociedades lo señaló sobre cuentas bancarias (Oficio 220-100991).
  • Quien presta dinero nuevo puede quedar mejor situado si el acuerdo lo pacta (art. 41).

Cifras clave

  • Ley 2157 — Borrón y Cuenta Nueva.
  • Oficio 220-100991 — Superintendencia de Sociedades.
  • Art. 41 — Recursos frescos y prelación.
Distrito financiero y torres bancarias: impacto de la Ley 1116 en el historial crediticio empresarial
Distrito financiero y torres bancarias: impacto de la Ley 1116 en el historial crediticio empresarial

Su pyme tiene el flujo de caja comprometido por las cuotas bancarias. Las noches se le van en un cálculo interminable de deudas, nóminas y llamadas de cobranza prejurídica.

Usted sabe que la Ley 1116 de 2006 es el instrumento previsto en Colombia para reordenar el pasivo cuando las ejecuciones aprietan. Pero hay un temor: el impacto real de la reorganización empresarial bajo la Ley 1116 en Colombia sobre su historial crediticio en DataCrédito.

Conviene separar el orden de los hechos. Radicar la solicitud no crea la mora: cuando una empresa lleva meses incumpliendo, el reporte negativo puede existir desde antes. Lo que hace el proceso de reorganización ante la Superintendencia de Sociedades es someter esa deuda anterior a un trámite ordenado; el texto de la Ley 1116 no trae una regla propia sobre el reporte, y la Ley 1266 fija cuándo debe retirarse un dato negativo (art. 13).

Antes de seguir, una aclaración que ahorra confusiones. Esta página trata de la Ley 1116, el régimen de insolvencia para empresas, y no de la Ley de Borrón y Cuenta Nueva (Ley 2157 de 2021), que reformó por cuánto tiempo permanece el dato negativo y trajo un alivio transitorio que ya terminó. Son cosas distintas que se cruzan en un punto: la Ley 2157 rige cómo se actualiza el reporte, mientras la Ley 1116 rige qué pasa con la deuda.

En esta guía analizo:

  • Qué ocurre exactamente en las centrales de riesgo al radicarse el trámite.
  • Lo que ha señalado la Superintendencia de Sociedades sobre el cierre de cuentas bancarias.
  • Cómo las empresas acceden a nueva financiación bajo el artículo 41 de la ley.

El reporte negativo puede existir antes de que usted radique

Para evaluar su situación con objetividad, separemos la realidad operativa de la intimidación comercial. Cuando su empresa cae en mora, el banco puede reportarla a las centrales de riesgo después de avisarle, pasados veinte días desde el envío de la comunicación (art. 12 de la Ley 1266 de 2008). Por eso, si la mora viene de meses atrás, el reporte negativo puede existir antes de radicar la solicitud concursal.

El tratamiento del dato financiero se rige por la Ley 1266 de 2008 y la Ley 2157 de 2021 (Borrón y Cuenta Nueva), y las fuentes de información deben reportar al operador las novedades al menos una vez al mes (art. 8 de la Ley 2157). Con el inicio del proceso concursal cambian dos cosas:

La deuda anterior deja de exigirse individualmente. Las obligaciones previas quedan sometidas al proceso y se atienden conforme al acuerdo que se apruebe y se confirme, de modo que dejan de gestionarse como cobros aislados.

La situación pasa a ser pública y verificable. El proceso concursal consta en registros oficiales y el mercado puede constatar que la empresa está reestructurando su pasivo bajo la supervisión de la Superintendencia de Sociedades, y no en liquidación. La Ley 1116 no trae una regla propia sobre el reporte; la permanencia del dato negativo la fija el artículo 13 de la Ley 1266. Cómo se aplica a una deuda sometida a un acuerdo depende del caso.


Qué dice su reporte en cada etapa del proceso

Etapa del procesoEstado en DataCrédito / TransUnionEfecto jurídico y financiero
1. Mora previa (preinsolvencia)Reporte negativo por mora abierta, previa comunicación al titularIntereses de mora y, según el caso, cobros judiciales.
2. Inicio del proceso (Ley 1116)Rige la Ley 1266; cómo queda la deuda en el reporte depende del casoEl pasivo anterior queda sometido al proceso.
3. Confirmación del acuerdoRige la Ley 1266; cómo queda la deuda en el reporte depende del casoRige el nuevo cronograma (art. 40 de la Ley 1116).
4. Cumplimiento del acuerdoPermanencia según el art. 13 de la Ley 1266La actualización depende del cumplimiento del acuerdo y del caso.

¿Puede el banco cerrarle la cuenta por estar en reorganización?

Una pregunta que conviene resolver es si, tras el inicio del proceso, las entidades financieras pueden terminar unilateralmente las cuentas corrientes o de ahorros donde se maneja la nómina o el recaudo. Según el Oficio 220-100991 de 2019, que cito abajo, la terminación de común acuerdo o por causas legales sigue siendo posible; lo que la ley frena por el solo inicio del proceso es la terminación unilateral.

La Superintendencia de Sociedades (Oficio 220-100991 de 2019) ha señalado, en un oficio de carácter general e ilustrativo que no es una orden a su banco, que los bancos no pueden terminar unilateralmente los contratos de cuenta bancaria de una empresa admitida a reorganización. El fundamento normativo es el artículo 21 de la Ley 1116, que prohíbe la terminación unilateral de los contratos del deudor por causa del inicio del proceso.

Si su banco le anuncia la terminación del contrato de la cuenta operativa, cómo se aplica esto a su empresa depende de su caso. Si quiere revisarlo, hablemos en la primera charla: la parte jurídica la lleva un abogado; esa parte no la hago yo.

Cómo se consigue crédito nuevo estando en reorganización

Estar en reorganización no le cierra por sí solo el acceso al crédito, pero la ley le pone reglas. Entre el inicio del proceso y la confirmación del acuerdo, la empresa «podrá obtener crédito para el desarrollo del giro ordinario de sus negocios», con la preferencia del artículo 71 de la Ley 1116 y sin autorización del juez del concurso (art. 4 de la Ley 2437 de 2024).

Si no lo consigue así y quiere respaldarlo con garantías sobre sus activos, tiene que demostrárselo al juez y pedirle autorización. Y desde que presenta la solicitud, constituir garantías o hacer operaciones que no correspondan al giro ordinario exige autorización previa, expresa y precisa del juez (art. 17 de la Ley 1116).

Además, hay un incentivo para quien aporte dinero nuevo.

El artículo 41 de la Ley 1116 permite mejorar la posición de quien pone dinero nuevo. El acuerdo puede modificar la prelación de créditos si se cumplen a la vez cuatro condiciones: que lo decida una mayoría superior al 60 % de los votos admisibles, que tenga como propósito facilitar el acuerdo, que no degrade la clase de ningún acreedor y mejore la de los acreedores que entreguen recursos frescos o que en general adopten conductas que contribuyan a mejorar el capital de trabajo y la recuperación del deudor, y que no afecte la prelación de los créditos pensionales, laborales, de la seguridad social y de adquirentes de vivienda, salvo que un acreedor acepte expresamente los efectos de una cláusula sobre un derecho renunciable y eso conduzca a la recuperación de su crédito.

Los acreedores que entreguen recursos frescos pueden compartir la prelación de la DIAN y demás autoridades fiscales, a prorrata: cada peso nuevo suministrado da prelación a un peso de la deuda anterior (art. 41). No opera solo: hay que negociarlo y votarlo dentro del acuerdo, y no aplica por la capitalización de pasivos ni por la mera continuación de contratos de tracto sucesivo.


Cómo comprobarlo usted mismo

Aquí no voy a citarle marcas conocidas de memoria. Este sitio no publica los nombres de las empresas que acompaño, y un nombre suelto sin expediente no prueba nada.

Lo que sí puedo darle es dónde mirar. La Superintendencia de Sociedades publica sus informes de procedimientos de insolvencia.

Conviene leerlos con prudencia. Cada proceso depende de la viabilidad del negocio, de la composición del pasivo y de la disposición de los acreedores, así que el resultado de una compañía no anticipa el de otra. Ninguna estadística agregada dice qué va a pasar con la suya: eso solo se sabe mirando sus números.


Preguntas frecuentes sobre DataCrédito y la Ley 1116

¿La Ley 1116 destruye mi historial crediticio para siempre? No, pero tampoco lo limpia. Si la empresa venía en mora, el reporte negativo puede existir desde antes del proceso. Con el proceso, la deuda anterior queda sometida a un trámite ordenado, y cómo se actualiza el reporte lo rigen la Ley 1266 de 2008 y la Ley 2157 de 2021.

¿Los bancos pueden cerrar mis cuentas por estar en reorganización? La Ley 1116 prohíbe terminar unilateralmente los contratos del deudor por el solo inicio del proceso (art. 21), y la Superintendencia de Sociedades, en el Oficio 220-100991 de 2019, ha señalado que eso cubre los contratos de cuenta bancaria de una sociedad admitida a reorganización.

¿Se afecta el DataCrédito personal de los socios o del gerente? En principio no, si la sociedad es una S.A.S.: las deudas de la sociedad son de la sociedad (art. 1 de la Ley 1258); con otros tipos de sociedad, depende del tipo societario y de su caso. Puede afectarse el de quien firmó a título personal, como avales, fianzas, codeudas o garantías. Y la ley hace responder personalmente a socios o administradores en casos concretos, como el del artículo 82 de la Ley 1116.

Si quien se acoge a la insolvencia es usted y no una empresa, el reporte tiene su propia regla: qué se reporta en la insolvencia de persona natural.

¿Una empresa en Ley 1116 puede acceder a créditos nuevos? Sí, con reglas: entre el inicio del proceso y la confirmación del acuerdo puede obtener crédito para el giro ordinario de sus negocios sin autorización del juez, y esas obligaciones tienen la preferencia del artículo 71 (art. 4 de la Ley 2437 de 2024). Si quiere respaldarlo con garantías sobre sus activos, antes tiene que demostrarle al juez del concurso que no logró esa financiación sin ellas y pedirle autorización.

Y constituir garantías u operar por fuera del giro ordinario exige autorización previa del juez desde que presenta la solicitud (art. 17 de la Ley 1116). El artículo 41 permite que el acuerdo, si lo aprueba más del 60 % de los votos admisibles, comparta a prorrata la prelación de los créditos fiscales con los acreedores que entreguen recursos frescos: cada peso nuevo suministrado da prelación a un peso de la deuda anterior, sin que aplique por la capitalización de pasivos ni por la mera continuación de contratos de tracto sucesivo.

¿Qué norma regula la normalización del reporte tras el acuerdo? La Ley 1266 de 2008 y la Ley 2157 de 2021 (Borrón y Cuenta Nueva), que fijan las reglas y los plazos de permanencia y actualización del dato financiero. Su aplicación a una deuda sometida a un acuerdo depende del caso concreto.


Lo que le diría en la primera charla

Si estuviéramos revisando su relación con los bancos, le señalaría tres cosas:

1. El acuerdo confirmado fija un cronograma exigible. El acuerdo obliga al deudor y a todos los acreedores (art. 40 de la Ley 1116).

El dato negativo permanece el doble del tiempo de la mora, con un máximo de cuatro años contados desde que se pagan las cuotas vencidas o se extingue la obligación (art. 13 de la Ley 1266). Cómo se aplica eso a una deuda sometida a un acuerdo depende de su caso.

2. La terminación unilateral de su cuenta por estar en reorganización es un punto para revisar. La Superintendencia de Sociedades ha señalado que un banco no puede terminar unilateralmente el contrato de cuenta de una sociedad admitida a reorganización (art. 21 de la Ley 1116). Cómo se aplica a su empresa depende de su caso.

3. Reorganizarse no le cierra la puerta al crédito nuevo, pero le pone reglas. El artículo 41 de la Ley 1116 permite pactar en el acuerdo una mejor posición para los acreedores que entreguen recursos frescos, y es una herramienta de negociación, no un beneficio automático. Si ese crédito pide garantías sobre bienes de la empresa, antes hace falta la autorización del juez del concurso (artículo 17 de la Ley 1116 y artículo 4 de la Ley 2437).


Si el miedo al reporte es lo que lo está frenando

Si hay mora, dejar que se alargue no mejora el reporte: el dato negativo permanece el doble del tiempo de la mora, con un máximo de cuatro años desde que se pagan las cuotas vencidas o se extingue la obligación (art. 13 de la Ley 1266), y en todo caso caduca a los ocho años desde que la obligación entró en mora (parágrafo 1 del mismo artículo).

Si todavía hay margen para corregir sin llegar al proceso, ahí conviene mirar primero. La ventana previa explica cómo saber si usted sigue dentro de ella, y qué pasa con sus bienes personales si ya no lo está.

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Antes de decidir, léase también lo que la Ley 1116 tiene de malo. Prefiero que llegue informado a que llegue convencido.

Esta guía forma parte de Ley 1116.